Ley Foral 9/1999, de 6 de abril, para una Carta de Derechos Sociales. | |
Artículo 3. Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
El Gobierno de Navarra en la negociación con los representantes sindicales, de las condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para el año 2000 y siguientes, incluirá para su tratamiento en la Mesa General de Negociación el establecimiento de las medidas necesarias para la reordenación y reducción del tiempo de trabajo que conduzcan a la implantación en enero del año 2000 de la jornada semanal de treinta y cinco horas, para quienes realicen la jornada general, y una reducción de jornada en la misma proporción para las personas con trabajos a turnos a turnos especiales.
El cómputo anual de la jornada de treinta y cinco horas semanales se corresponde con un total de mil quinientas noventa y dos horas.
Las necesidades de nuevos puestos de trabajo derivadas de la aplicación de dichas medidas y de las que sean precisas para garantizar el mantenimiento del nivel de servicio, se trasladarán para su incorporación a la correspondiente oferta pública de empleo.
Tanto las fórmulas para concretar la reducción de jornada como para determinar la creación de empleo estable necesarias para garantizar.el servicio, deberán ser negociadas con la representación legal de los trabajadores.
El Gobierno de Navarra fomentará en las empresas en cuyo capital participe mayoritariamente directa o indirectamente la Administración de la Comunidad Foral, en las entidades locales y en los organismos autónomos dependientes de la misma, la reordenación y reducción de la jornada laboral en los términos establecidos en el Acuerdo sobre incentivos a la contratación por reordenación y reducción del tiempo de trabajo, firmado el 26 de febrero de 1999 entre el Gobierno de Navarra y las dos centrales más representativas de la Comunidad Foral de Navarra.
Asimismo, asumirá la limitación de horas extraordinarias, de conformidad con el Acuerdo sobre eliminación y reducción de horas extraordinarias. firmado con fecha 26 de febrero de 1999 entre el Gobierno de Navarra y las dos centrales sindicales más representativas de la Comunidad Foral de Navarra.
[Aviso Legal] http://noticias.juridicas.com